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Reglamentación para los propietarios o tenedores de caninos de manejo especial

Con la expedición del Decreto 380 de 2022, el gobierno reglamentó el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Nacional, en relación con las obligaciones adquiridas…

Con la expedición del Decreto 380 de 2022, el gobierno reglamentó el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Nacional, en relación con las obligaciones adquiridas por los propietarios y/o tenedores de caninos considerados de manejo especial. 

Dentro de las obligaciones que reglamentó, se encuentran las de adquirir una póliza de responsabilidad civil extracontractual cuyo valor asegurado no podrá ser inferior a 50 SMMLV e implantar un microchip de identificación subcutáneo o hipoalergénico, que se deberán cumplir a más tardar el 17 de septiembre de 2022 -6 meses desde la entrada en vigencia de la norma-. 

Además, deberán notificar a la alcaldía distrital o municipal y a la compañía de seguros que haya expedido la póliza, toda compra, venta, traspaso, donación o cualquier cesión del derecho de propiedad sobre el canino de forma inmediata. Los centros veterinarios que implanten el microchip de identificación, deberán reportar a dichas entidades los datos de cada michochip, para que puedan verificar que la información reportada corresponda con la información de la póliza.