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¿Qué criterios se deben seguir para resolver un caso de tutela donde se involucre la garantía de los derechos fundamentales de un menor de edad?

En la sentencia STC4566-2023 la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia impugnada en un caso de restablecimiento de derechos de un menor por presunto…

En la sentencia STC4566-2023 la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia impugnada en un caso de restablecimiento de derechos de un menor por presunto abuso sexual y maltrato infantil por parte del padre, ordenando la suspensión de las visitas provisionales del padre, debido a la necesidad de proteger el interés superior del menor y garantizar su adecuada formación y desarrollo. La decisión adoptada tuvo en cuenta los lineamientos de los tratados internacionales, las disposiciones constitucionales y legales relativas a la protección de los niños y la jurisprudencia para establecer las medidas más convenientes desde la óptica de los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

La alta Corte señaló que los niños, niñas y adolescentes gozan de privilegios especiales para asegurar su adecuada formación y desarrollo. La Corte Constitucional en sentencia T-261 de 2013 plasmó algunas directrices que se deben atender al momento de solucionar contiendas en las que se involucren, entre las cuales resaltamos: “Los funcionarios judiciales deben ser especialmente diligentes y cuidadosos al resolver casos relativos a la garantía de los derechos fundamentales de un menor de edad. Eso, entre otras cosas, implica que no pueden adoptar decisiones y actuaciones que trastornen, afecten o pongan en peligro sus derechos, dado el impacto que las mismas pueden tener sobre su desarrollo, sobre todo si se trata de niños de temprana edad… Las decisiones susceptibles de afectar a un menor de edad deben ajustarse a parámetros de razonabilidad y proporcionalidad…”