echo https://albertopreciado.com/wp-content/themes/abogados

La propiedad de los bienes objeto de importación, exportación o transito no es determinada por las declaraciones aduaneras

Mediante el concepto 207 (901153) del 16 de febrero de 2022 la DIAN estableció que la propiedad sobre bienes objeto de importación, exportación o tránsito,…

Mediante el concepto 207 (901153) del 16 de febrero de 2022 la DIAN estableció que la propiedad sobre bienes objeto de importación, exportación o tránsito, no es determinada por las declaraciones aduaneras. Estas son únicamente un documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero que le es aplicable a las mercancías y suministra los elementos e información que requiera la entidad aduanera. Es decir, las declaraciones aduaneras no son un documento que acredite la propiedad sobre las mercancías.

Por esta razón, la DIAN aclaró que la importación y exportación de bienes se deberá realizar de manera estricta acorde con las condiciones, requisitos y procedimientos que se establezcan en el Nuevo Régimen de Aduanas (Decreto 1165 de 2019) y la Resolución 046 de 2019.