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Demanda de visitas sobre ser sintiente, una mascota

La Sala Mixta del Tribunal Superior de Bogotá, mediante sentencia del 6 de octubre de 2023, con M.P. Carlos Andrés Guzmán Díaz, tras dirimir el…

La Sala Mixta del Tribunal Superior de Bogotá, mediante sentencia del 6 de octubre de 2023, con M.P. Carlos Andrés Guzmán Díaz, tras dirimir el conflicto de competencia al interior de la jurisdicción ordinaria, entre el Juzgado de Familia y el Juzgado Civil del Circuito, con ocasión a la demanda de visitas de ser sintiente tratándose de una mascota como animal de compañía, determinó que la autoridad competente para conocer de estos casos es el Juzgado de Familia al considerar que la protección de la familia multi-especie debe primar y que el asunto de fondo de la demanda es la regulación de visitas de quien el demandante considera como su “hija”. El fundamento de esta decisión se encuentra en los vínculos afectivos que surgen en los seres humanos al momento de la conformación de una familia.  

De igual forma recalcó que, aunque se desconozca la existencia de la familia multi-especie, y basándose únicamente en el derecho de propiedad que tienen las personas sobre los animales, el juez competente sigue siendo el de familia porque la mascota fue adquirida en vigencia de la sociedad conyugal y de acuerdo con el numeral 5 del artículo 1781 del Código Civil, el patrimonio obtenido a título oneroso hace parte de la sociedad conyugal.