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DECLARADA INEXEQUIBLE LA FACULTAD DEL GOBIERNO NACIONAL PARA REGULAR EL CONTRATO DE FRANQUICIA

El pasado 1 de junio, la Corte Constitucional mediante comunicado No. 17[1], anunció el sentido de su decisión de declarar inexequible[2] la facultad asignada en…

El pasado 1 de junio, la Corte Constitucional mediante comunicado No. 17[1], anunció el sentido de su decisión de declarar inexequible[2] la facultad asignada en el Artículo 11 de la Ley 2069 de 2020, al gobierno nacional para regular ciertos aspectos específicos del contrato de franquicia, como lo son las condiciones técnicas que definen la franquicia, las obligaciones y el régimen de responsabilidad del franquiciante y el franquiciado. Dijo la Corte en resumen que dicha disposición:

  • Desconoce la reserva legislativa prevista en la Constitución de Colombia –CPC-, en materia de intervención del Estado en la economía y delimitación de las libertades económicas.
  • Regula un contrato atípico, como es el de franquicia, limitando la libertad de contratación y de empresa.
  • No fija el contenido legislativo mínimo, exigido por la Carta, para regular las libertades económicas.
  • Solo enuncia sin mayor detalle, tres aspectos que deben regularse, sin ofrecer “criterios inteligibles, claros y orientadores”.

En conclusión, la Corte consideró que la norma demandada vulneró la Constitución, afectando la posibilidad para que el legislador regule en un futuro este asunto y despojó a la Corte de la facultad de controlar esta materia legislativa.


[1] Corte Constitucional, Comunicado de Prensa, 1  y 2 de junio/2022 ( pdf )

[2] Corte Constitucional, Sentencia C-188-22, M.P. José Fernando Reyes Cuartas, 1 de junio de 2022, Exp: D-14461, declara inexequible la expresión “Para estos efectos, reglamentará las condiciones técnicas que definen la franquicia, las obligaciones y el régimen de responsabilidad del franquiciante y el franquiciado, a que haya lugar” del primer inciso y la expresión “condiciones técnicas y” del segundo inciso del artículo 11 de la ley 2069 de 2020.”,