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DEBERES DE LOS EMPRESARIOS CUANDO SE DA LA SUSTITUCION DE EMPLEADORES

La Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia SL 1399 de 2022[1], menciono nuevamente los parámetros legales para la figura de la sustitución de empleadores.

La Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia SL 1399 de 2022[1], menciono nuevamente los parámetros legales para la figura de la sustitución de empleadores. Señala que los nuevos empresarios serán siempre responsables de las deudas que se tengan con los trabajadores, sin importar cuantas veces la empresa haya cambiado de titular o dueño, con el fin de evitar que la sustitución sea utilizada para eludir deudas laborales de los antiguos empresarios.

Aclaró también, que el hecho de que un trabajador termine el contrato laboral con el empleador original, y posteriormente suscriba un nuevo contrato con el empresario que sustituyó, no implica que se haya roto el vínculo laboral y no impide que se reconozca la sustitución patronal. Lo esencial para esta figura es la continuación de la prestación del servicio del trabajador en la misma empresa, buscando que se proteja la continuidad y las condiciones de las relaciones de trabajo de los trabajadores.

Finaliza la Corte mencionando que la figura de sustitución de empleadores no depende de la voluntad de las partes, sino que debe cumplir con los requisitos establecidos en el Código Sustantivo del Trabajo que son:

  1. Un cambio en la titularidad de la organización productiva;
  2. La subsistencia de la identidad del negocio; y
  3. La continuidad de la relación laboral o de la prestación del servicio por parte de los ya trabajadores.

[1] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral. Sentencia SL 1399 de 2022. [MP. Ivan Mauricio Lenis Gomez].