En la sentencia C-054 del 22 de febrero de 2024, la Corte Constitucional declaró inexequible la disposición del artículo 65 de la Ley 100 de 1993, que exigía a las mujeres haber cotizado al menos mil ciento cincuenta semanas para acceder a la pensión mínima de vejez en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Esta medida se tomó en consideración de las desventajas que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral, obstaculizando su capacidad para realizar contribuciones y asegurar su derecho a la pensión mínima. Sin embargo, la decisión fue diferida hasta el 31 de diciembre de 2025, para permitir al Congreso, en colaboración con el Gobierno Nacional, implementar medidas compensatorias y asegurar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en cuanto al acceso a la pensión mínima de vejez, evitando así un impacto negativo en la estabilidad financiera del sistema pensional.
La Corte reconoció la amplia facultad del legislador en materia pensional, pero subrayó que esta potestad está sujeta a los principios constitucionales y a los derechos fundamentales de los afiliados, incluyendo la igualdad de género. En caso que el Congreso no actúe antes del 1 de enero de 2026, la Corte estableció que el requisito de cotización para las mujeres se reducirá gradualmente en 15 semanas por año hasta alcanzar las 1000 semanas. Esta disposición se basa en la necesidad de proteger la estabilidad financiera del sistema pensional, según lo solicitado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Este enfoque sigue una medida similar adoptada en una sentencia de 2023 para el régimen de prima media.