El Ministerio de Relaciones Exteriores por medio de la Resolución 5477 de 2022, reguló los nuevos tipos de visas, su alcance, condiciones y trámite para la solicitud de las mismas. Se establecieron modificaciones a las visas pre-existentes, como la otorgada en calidad de residente a los padres o madres de nacional colombiano (ahora se les dará la categoría de migrante con la posibilidad de solicitar la residencia a los 2 años posteriores contados desde la publicación de la visa).
Frente a aquellas visas que se les otorgaban a las personas que prestaban servicios temporales en el país, ahora serán distinguidas de las visas de asistencia técnica,debido a que la resolución realizó separó las visas dependiendo de las actividades que los extranjeros vayan a realizar en el país.
En cuanto a las visas otorgadas en el extranjero, ahora solo serán válidas a partir de que la persona ingrese al país y en ese momento comenzará a contar el termino para que la persona pueda solicitar la residencia por tiempo acumulado.
Se incluyeron nuevas categorías de visas:las V-Nómadas Digitales, V-Fomento a la Internacionalización, M-Fomento a la internacionalización, entre otras.En el caso de los nacionales venezolanos, se les permitirá ahora aplicar a una visa de residente por medio del Estatuto Temporal para la Protección de Migrantes Venezolanos siempre cuando hayan sido titulares de un Permiso de Protección temporal por 5 años.
Finalmente, se estableció una reglamentación en cuanto a los tiempos de estudios de las visas, debido a que con el anterior régimen tenían 5 días contados a partir del pago para pronunciarse preliminarmente acerca de la solicitud. Con la nueva resolución, que entra en vigencia 90 días después de su publicación en el diario oficial, ahora se contará con un término de 30 días, con posibilidad de extenderse en caso de que la Cancillería identifique la necesidad de requerir documentos adicionales.