Por el Decreto 963 del 7 de julio de 2020, el gobierno colombiano reglamentó la devolución y compensación de saldos a favor automáticos para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con las obligaciones tributarias correspondientes, como la Declaración de Renta y la Declaración de IVA.
A través de sus canales digitales, la DIAN permite que las solicitudes de devoluciones y saldos a favor se lleven a cabo de una manera más fácil y amigable con el contribuyente.
Presentamos los pasos a seguir para este procedimiento:
- El contribuyente debe consultar directamente en sus declaraciones si es o no beneficiario de una devolución o saldo a favor. Si en las declaraciones aparece una casilla con un valor cero, entonces el contribuyente será beneficiario. También podrá consultarlo en el siguiente link: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Transaccional.aspx;
- Luego, deberá consultar las condiciones para obtener la devolución automática. Para ello, es importante que el contribuyente tenga en cuenta que los beneficios lo obtienen aquellos que no representan un riesgo alto al ser evaluados por el sistema de análisis de la DIAN, como lo explica la entidad en el siguiente link: https://www.dian.gov.co/tramitesservicios/Tramites_Impuestos/Devoluciones/Paginas/Tramite-y-requisitos.aspx;
- Posteriormente presentará la solicitud de devolución automática a través del Portal Transaccional de la DIAN. Este procedimiento es permitido por la DIAN con o sin firma electrónica;
- Por último, la DIAN tendrá un término de 15 días hábiles para tramitar la solicitud de devoluciones y saldos a favor del contribuyente, quien podrá hacer seguimiento desde el día siguiente de haber radicado la solicitud, a través de la página web de la DIAN o comunicándose telefónicamente.