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RESPUESTA DERECHOS DE PETICIÓN

El pasado 17 de mayo se promulgó la Ley 2207, que derogó los artículos 5 y 6 del Decreto Legislativo 491 de 2020 (proferido durante…

El pasado 17 de mayo se promulgó la Ley 2207, que derogó los artículos 5 y 6 del Decreto Legislativo 491 de 2020 (proferido durante la emergencia económica, social y ecológica causada por el Covid 19). Así, los términos para responder derechos de petición fueron restablecidos de esta forma:

  1. 15 días hábiles desde que se recibe la solicitud, salvo que las peticiones tengan una norma especial;
  2. 10 días hábiles para peticiones de documentos y de información desde que se recibe la solicitud; y
  3. 30 días hábiles desde la recepción para consultas elevadas ante autoridades que estén relacionadas con materias a su cargo.