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PROTECCIÓN A LA LACTANCIA

Por medio de la Sentencia C-071 de 2025, la Corte Constitucional, resolvió una demanda de constitucionalidad contra los artículos 1, 2, 3 y 4 de…

Por medio de la Sentencia C-071 de 2025, la Corte Constitucional, resolvió una demanda de constitucionalidad contra los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 2306 de 2023 y el 238 del Código Sustantivo del Trabajo y estableció que las normas sobre lactancia aplicarán a todas las personas, sin importar su identidad de género, marcando así un hito en la protección de los derechos de las personas lactantes en el país.

La Corte, determinó que el uso exclusivo de los términos «mujer», «madre» y «trabajadora» en las leyes relacionadas con la lactancia constituía una omisión legislativa relativa y vulneraba el derecho a la igualdad. Los demandantes argumentaron que esta exclusión impedía el acceso a los derechos y beneficios de la lactancia a hombres trans y personas con género no binario que también pueden experimentar la lactancia.  

La Corte Constitucional reconoció la validez de estos argumentos, señalando que la protección de la lactancia debe extenderse a todas las personas que la practican, independientemente de su identidad de género. En su decisión, la Corte declaró la exequibilidad condicionada de las expresiones «mujer», «madre» y «trabajadora», aclarando que estas deben interpretarse de manera inclusiva para abarcar a todas las personas en etapa de lactancia.   Esta sentencia representa un avance significativo en la jurisprudencia colombiana y un reconocimiento de la diversidad de experiencias en torno a la lactancia.