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Operadores de plataformas turísticas deben brindar información veraz a los consumidores 

Debido al aumento de las denuncias por los servicios turísticos ofrecidos a través de plataformas digitales y con el fin de salvaguardar los derechos de…

Debido al aumento de las denuncias por los servicios turísticos ofrecidos a través de plataformas digitales y con el fin de salvaguardar los derechos de los consumidores, la Superintendencia de Industria y Comercio, el 14 de noviembre pasado, determinó las directrices que deben seguir las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la prestación de estos servicios.  Se destacan:

  1. Suministrar y publicar información cierta, completa, clara, actualizada y accesible sobre los servicios y productos que ofrecen, junto con los medios de pago y precios finales.
  2. Los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, debidamente registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente, deberán contar con autorización expresa para el ofrecimiento, prestación y comercialización de servicios de vivienda turística.
  3. Para la prestación del servicio de vivienda turística tendrá que adelantarse la inscripción en el Registro Nacional de Turismo.
  4. En el evento de ofrecer servicios a través del comercio electrónico, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 1480 de 2011, artículo 50.