El Ministerio de Salud y Protección Social por medio de la Resolución 1238 del 21 de Julio de 2022, adoptó nuevas medidas para la prevención, promoción y conservación de la salud por las infecciones respiratorias, entre ellas el COVID-19. Se exige nuevamente el uso del tapabocas obligatorio para las personas mayores de dos años que se encuentren en instituciones de salud, hogares geriátricos, el transporte público, estaciones de transporte masivo, terminales de transporte aéreo, terrestre y marítimo y fluvial, sin importar el alcance de la vacunación. Para el ingreso al país por vía aérea, se deberá presentar el certificado o carnet de vacunación con el esquema completado mínimo 14 días previo al viaje, o una prueba PCR negativa con antelación no mayor a 72 horas, o la de antígenos con una antelación no mayor a 48 horas a la hora de embarque. Adicionalmente, deberán continuar llenando el Check-Mig y portar el tapabocas en las terminales y durante el vuelo. Por vía marítima a través de cruceros, se le solicitarán los mismos requisitos frente a la vacunación o prueba PCR o antígenos tal como se solicita por vía aérea.