El pasado 17 de diciembre de 2021 iniciaron las vacaciones de los funcionarios de la Rama Judicial lo que se conoce como vacancia judicial. Durante este periodo los juzgados no laborarán hasta el próximo lunes 10 de enero de 2022.
Según lo informado por el Consejo Superior de la Judicatura, la vacancia judicial no aplica para los Juzgados Promiscuos de Familia, Penales, Municipales y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad ya que a estos les aplica en régimen individual de vacaciones.
El Consejo Superior de la Judicatura y sus unidades, los Consejos Seccionales de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y sus direcciones seccionales y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) seguirán trabajando con normalidad.
En los juzgados donde aplica la vacancia judicial los términos se suspenderán y se retomarán una vez los funcionarios regresen a sus labores, es decir, el 11 de enero de 2022. La vacancia judicial no suspende los términos de caducidad lo cual es importante tener en cuenta para que una persona no pierda su derecho a acudir a la justicia.
A las tutelas y habeas corpus tampoco les aplica la suspensión de términos de la vacancia judicial, por lo que los despachos que seguirán operando tienen la obligación de recibir y tramitar dichas solicitudes.