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DIAN MODIFICÓ LOS REQUISITOS PARA SER CALIFICADO COMO GRAN CONTRIBUYENTE

Por medio de la Resolución 1253 de 2022, la DIAN actualizó los criterios de calificación como gran contribuyente, con el fin de asegurar la conformación…

Por medio de la Resolución 1253 de 2022, la DIAN actualizó los criterios de calificación como gran contribuyente, con el fin de asegurar la conformación del grupo de contribuyentes de mayor relevancia en la economía nacional, determinando las causales y procedimientos para otorgar o retirar la calificación, a partir del 1 de enero de 2023 y tiene en cuenta el volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo y actividad económica de los contribuyentes. Los requisitos son:

1. Hacer parte del grupo de sujetos que aportaron el 60 % del recaudo bruto total de la entidad a precios corrientes por conceptos tributarios, sin incluir el valor de las sanciones, durante los 5 años anteriores a la fecha en la que se efectúe la calificación. Además, se establece que para los sujetos a calificar como gran contribuyente que individualmente se encuentran entre el 61 % y el 70 % del recaudo bruto total de la entidad, se podrá tener en cuenta el aporte del grupo empresarial y determinar si hace parte del conjunto de sujetos que aportaron el 60 % del recaudo bruto total de la entidad.

2. Las personas naturales o jurídicas y asimiladas a estas últimas que hagan parte del grupo empresarial al cual pertenezca el contribuyente que cumpla con el requisito establecido en el numeral anterior, podrán ser calificados como grandes contribuyentes para efectos de control.

El Comité Técnico de Programas y Campañas de Control de la DIAN podrá recomendar no otorgar la calificación como gran contribuyente cuando el contribuyente, declarante, responsable o agente retenedor o, en su defecto, el representante legal, se encuentren incursos en denuncias instauradas por la DIAN por conductas punibles en materia tributaria, aduanera o cambiaria de conformidad con la información suministrada por la Subdirección de Asuntos Penales o aquellos incluidos en listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo suministradas por la OFAC, la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos y la ONU.