Con el propósito de generar cultura de cumplimiento, ampliar y cobijar un número mayor de sujetos obligados, el 4 de octubre de 2023, la Superintendencia de Sociedades mediante la Circular Externa No. 100-000004, incluyó a las Cámaras de Comercio y Entidades sin Ánimo de Lucro Extranjeras (“ESALES”), como entidades obligadas a implementar y aplicar el Programa de Transparencia y Ética empresarial (“PTEE”) y el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo integral LA/FT/FPADM (“SAGRILAFT”).
En esa circular se estableció un periodo de implementación de dichos sistemas. No obstante, la Superintendencia de Sociedades ha considerado viable otorgar un plazo superior, que le permita a dichas entidades prepararse de la mejor manera y cumplir con estas exigencias a cabalidad. Para ello, el 23 de abril de 2024, expide la circular No. 100-000003, que dispone lo siguiente:
- Las Cámaras de Comercio y ESALES Extranjeras con negocios permanentes en Colombia, que a la fecha se encuentren bajo supervisión de la Superintendencia de Sociedades, tendrán hasta el 31 de mayo de 2025 para implementar el SAGRILAFT y PTEE (antes era hasta el 31 de agosto de 2024).
- Las Cámaras de Comercio o ESALES Extranjeras con negocios permanentes en Colombia que se creen con posterioridad al 31 de mayo de 2025, deberán implementar dichos programas a más tardar el 31 de mayo siguiente a su creación.
- El periodo comprendido entre el 23 de abril de 2024 y el 31 de mayo de 2025, se entiende como un periodo de transición para que estas entidades realicen las gestiones requeridas para ajustar e implementar los sistemas. Durante este periodo, la Superintendencia de Sociedades ofrecerá “mecanismos de atención, capacitación, pedagogía y acompañamiento permanente” para orientar a los sujetos obligados en la implementación y se abstendrá de exigir el cumplimiento de las obligaciones inherentes al SAGRILAFT Y PTEE.
Circular Externa 100-000003 de 23 de abril de 2024 de la Superintendencia de Sociedades